viernes, 20 de mayo de 2016

¡ CORONEL SALVE USTED EL BATALLÓN VARGAS !

Batallón Aerotransportado 21 Batalla Pantano de Vargas - Granada Meta

Lo que faltaba


La sociedad del departamento del Meta y muy especialmente del Ariari empiezan a enterarse de las pretensiones de la familia Gaitán González de reclamación de 14 hectáreas que el batallón tiene posesión pacífica y tranquila con ánimo de señor y dueño desde el año 1967 y que las llevó a escritura pública en el año 2002. Ante esta situación nuestro equipo periodístico e investigativo logró establecer los pormenores del litigio, que entre otras pretensiones no solo reclaman este terreno sino 35 MIL MILLONES DE PESOS por unos supuestos perjuicios morales y materiales. 

Ante el tribunal contencioso administrativo de Villavicencio los Señores Jorge Gaitán González y William Quiroz Vallejo interpusieron demanda administrativa de reparación directa por ocupación permanente de inmueble, contra el Ministerio de Defensa Nacional, Ejército Nacional y Batallón Nº 21 de Infantería Batalla Pantano de Vargas. La pretensión acorde al dictamen pericial es de 35 mil millones de pesos.

Recordando la gesta libertadora precisamente en el Pantano de Vargas, el libertador Simón Bolívar le pide al Coronel Rondón salve usted la patria, fue así como este valiente Coronel con un puñado de soldados llaneros nos dio el triunfo y la libertad. Hoy cuando se encuentra en inminente peligro de ser usurpado nuestro batallón 21 pantano de Vargas, sin el menor respeto por la institucionalidad, el patrimonio económico e histórico de los granadinos, sin tener en cuenta que sobre los hombros de estos hombres y mujeres héroes de la patria, está la tranquilidad, la seguridad, el bienestar general… no como lo aseveran en los apartes de la demanda Jorge Gaitán González y William Quiroz Vallejo “el dolor moral percibido por la victima a consecuencia de las lesiones sufridas y que obedece al sufrimiento moral por haberse destruido el patrimonio que poseen y del cual derivaron por muchos años su sustento y el de sus familiares. Así como la intranquilidad que les produce la cercanía a la base militar allí instalada pues esta guarnición militar los involucra indirectamente en el conflicto armado por la ocupación física de los predios de mis representados, siendo causante de zozobra, miedo, incertidumbre y temor intenso” que falacia, que mentira, que horror, hasta donde llegar el atrevimiento, la osadía y la distorsión de la realidad y la verdad.

El predio la Esperanza, sitio donde está el Batallón fue adquirido por un notable grupo de comerciantes, agricultores de Granada y El Ariari, mediante escritura pública 613 de la Notaria 26 del Círculo de Bogotá el 30 de diciembre de 1967, quienes donaron los terrenos a la institución castrense.

Oro Oro al consultar abogados especializados en derecho administrativo, han manifestado lo siguiente: En la contestación de la demanda, el criterio de los juristas es que se debió plantear una excepción de caducidad en los términos del artículo 175 numeral 3º, del CPACA., pues de los hechos relacionados por los demandantes se deduce que han transcurrido más de dos (2) años, lo cual genera el fenómeno de la caducidad de la acción.
Al respecto es conveniente mencionar lo que ha dicho el Consejo de Estado, sección tercera, expediente 16922, de mayo 7 de 2008, magistrada Dra. Ruth Stella Correa Giraldo, actor Sociedad Preycosander Ltda, 
“Así las cosas, en tratándose de ocupación temporal o permanente de inmuebles el inicio del término para intentar la acción de reparación directa coincide con el de la ejecución del hecho, omisión u operación administrativa, ocupación temporal o permanente del inmueble, es decir, desde cuando cesó la ocupación temporal, o desde cuando se terminó la obra en relación con la ocupación permanente, y sólo en eventos muy especiales, como aquellos en los cuales la producción o manifestación del daño no coincide con el acaecimiento de la actuación que les da origen, la Sala ha considerado que el término para accionar no debe empezar a contarse desde cuando se produjo la actuación causante del daño sino desde que el afectado tuvo conocimiento del mismo, de acuerdo con las circunstancias concretas del caso.

En conclusión, la Sala considera que conforme al artículo 136 del Código Contencioso Administrativo, modificado por el artículo 23 del decreto ley 2304 de 1989, el actor contaba con un plazo de dos años para ejercitar la acción de reparación directa, a partir del día en que conoció el daño, esto es, cuando se enteró que por la ocupación material de su predio la entidad no le iba a cancelar su valor.

De acuerdo con lo expuesto, el problema jurídico radica en que, una vez determinado que la causa eficiente del daño lo fue la ocupación material del inmueble, es necesario establecer cuándo tuvo conocimiento el demandante de la existencia del mismo, es decir, el momento en el cual este se consolidó y dejó de ser hipotético para convertirse en cierto y, por ende, susceptible de reclamación”.

Hoy debemos decir parafraseando al libertador Simón Bolívar en la batalla del Pantano de Vargas en 1819 “GENERAL PEÑA BERMEO, CORONEL ALONSO ALVAREZ, SALVEN USTEDES NUESTRO BATALLON”.

Unidad investigativa revista Oro oro.

Adenda. Jorge Gaitán González es la misma persona que pretende legalizar el contrato de permuta del terreno de la cárcel de Granada por un predio en el sector rural, cuyo detrimento patrimonial lo investiga la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación.










martes, 17 de mayo de 2016

Estudiantes de institución educativa en paro

PARO DE ESTUDIANTES EN COLEGIO DE FUENTEDEORO META




ESTUDIANTES SE OPONEN A LA CONSTRUCCIÓN DE UNA CARRETERA QUE DIVIDIRÍA LA INSTITUCIÓN 

Estudiantes del colegio El Progreso con el apoyo de padres de familia y comunidad decidieron entrar en paro no permitiendo el ingreso a la institución, ni recibir clases ante la intención de construir una carretera que dividiría su plantel. Hacen el llamado al alcalde Antonio Londoño y a la gobernadora Marcela Amaya para que no se haga tal intervención; ellos piden que esta área quede como zona verde del colegio.

De construirse la vía quedarían tres aulas al otro extremo de la calle, lo que no solo pone en riesgo a la comunidad educativa pues por allí transitan vehículos pesados, sino que generará traumatismo en el normal desempeño académico…







Iniciará Obra de remodelación del parque Los Fundadores

Departamento de Policía Meta rindió cuentas en Granada

Fundación Fundihpos inicia procesos sociales con capacitación en Granada